HASTA EL 16 DE DICIEMBRE TENDRÁN PLAZO LAS ENTIDADES TERRITORIALES PARA AJUSTAR SUS PLANES DE ACCIÓN TERRITORIAL DE ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS

De conformidad con lo establecido en el artículo 2° transitorio del Decreto 1725 de 2012, las entidades territoriales tendrán plazo hasta el próximo 16 de diciembre del presente año para “…adoptar o ajustar, según sea el caso,  su  actual  Plan  de  Acción  Territorial atendiendo  los  objetivos,  metas,  componentes  y mecanismos de seguimiento definidos en el  Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas que se adopta por medio del  presente Decreto.  Los mandatarios locales deberán apropiar  los  recursos  suficientes  en  los  Planes  Operativos  Anuales  de  Inversión  para  la ejecución del mismo.”
Vale recordar que por mandato del citado Decreto, el  Plan  Nacional  de  Atención  y Reparación  Integral  a las Víctimas,  estará  compuesto por el  conjunto de  políticas,  lineamientos,  normas,  procesos,  planes,  instituciones e instancias contenidas  en  los  decretos  4800,  4829  de  2011,  0790  de  2012,  y  las  normas  que  los modifiquen,  adicionen  o  deroguen,  así  como  en  los documentos  CONPES  3712  de  2011  y 3726 de 2012, normas con base en las cuales deberán adoptarse o ajustarse los planes de acción territorial de atención a las víctimas.

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