En fallo de primera instancia proferido el pasado 4 de marzo de 2013 por el Juzgado 35 del Circuito Judicial Administrativo de Bogotá, fue condenadoel Ministerio de Hacienda y Crédito Público “… a pagar a los municipios integrantes de esta acción (…) el valor correspondiente al reaforo del año 2001, de acuerdo con el documento COMPES 93 de 2005, conforme a los valores expresados para cada municipio de la tabla que se muestra en la parte motiva de esta providencia, actualizando dicha suma de conformidad con lo dispuesto por el artículo 178 del C.C.A., a partir del 23 de mayo de 2005, en la forma en la que legalmente corresponda.”
Igualmente, se condena al Ministerio de Hacienda a pagar los intereses del valor del reaforo del año 2001 de acuerdo con lo dispuesto en el art. 177 del C.C.A.
El fallo, proferido dentro de la Acción de Grupo No. 2004-0793 -en cuyo proceso participó el administrador de Poder Municipal como apoderado del municipio de Guasca, Cundinamarca-, se basó en falla probada del servicio atribuible al Ministerio al no haber demostrado el pago del citado reaforo.
Para conocer el listado de los municipios favorecidos, consulte acá el texto del fallo analizado.
Para tener acceso a todas las entradas, por favor ingrese por http://www.podermunicipal.com.co/
Comente en Facebook