(Nota del editor: El Decreto 734 de 2012 fue derogado por el Decreto 1510 de 2013, que fue compilado en el Decreto 1082 de 2015, “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de Planeación Nacional”, siendo este último la norma hoy vigente.)
Para conocimiento de nuestros lectores, presentamos a continuación el proyecto de decreto «Por el cual se reglamenta el Sistema de Compras y Contratación Pública«, el cual pretende derogar el Decreto 734 de 2012, actualmente vigente en materia de contratación pública.
Revisado el proyecto, se echa de menos la interesante forma de codificación de los artículos que tiene la actual norma, si bien se reconoce el aporte en algunas de las definiciones que contiene el proyecto normativo.
En cuanto al capítulo de los principios, aparte de algunas fallas en técnica de redacción de normas jurídicas, se caen en la falacia –muy propia de nuestra idiosincrasia- de pretender cambiar la realidad por decreto, esperando que, por que lo dice la norma, las compras públicas serán más eficientes, transparentes y alejadas de la corrupción.
En términos generales, en nuestra opinión, en materia de reglamentación de las diversas formas de selección de contratistas, es muy poco el aporte del proyecto frente a la norma actualmente vigente y quedan por fuera varios temas que sí reglamenta el Decreto 734, sin considerar que éste sea perfecto.
A la hora de reglamentar la contratación pública, seguimos partiendo de la premisa de que tanto los funcionarios como los contratistas son corruptos “por naturaleza”; es decir, se sigue teniendo el principio de la mala fe como inspirador de dichas normas, olvidando que entre más abundante sea la reglamentación de un tema y más procedimientos se establezcan, mayores serán las puertas para la corrupción.
Sería más acertado que a los funcionarios públicos encargados de la contratación pública se les enseñara a comprender e interpretar los Códigos Civil y de Comercio que son, en últimas, las fuentes de todos los tipos de contratos, tanto públicos como privados, ya que es allí –en la aplicación de éstas normas- donde se encuentran las grandes fallas en la contratación estatal que son fuente de los procesos contencioso administrativos que tan caros le han salido al erario público.
Nos gustaría conocer sus comentarios al respecto del citado proyecto de Decreto, cuya más reciente versión -No. 5- encontrarán en el siguiente enlace:
Proyecto de decreto «Por el cual se reglamenta el Sistema de Compras y Contratación Pública«
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